RDGSJyFP de 22 de enero de 2021
18/11/2022 19:34 Acuerdos sociales Cuentas anuales Resolución Socio minoritario
Defectos frecuentes en el trámite societario
La RDGSJyFP recuerda algunos defectos procesales y documentales que se producen en la práctica societaria. La actora, una SL, interpuso recurso contra la suspensión del depósito de cuentas anuales. Unido al recurso, incorporó nueva documentación para subsanar los defectos identificados en la calificación impugnada. La DG recuerda que la interposición del recurso no es el momento oportuno para la presentación de nuevos documentos (vid. RDGRN 13.03.2015).
La DG afirma:
1.- Si el socio minoritario ha pedido el nombramiento registral de auditor, la obligación de su informe no decae si el socio pierde tal condición con posterioridad. De haberse aprobado las cuentas antes de la designación del auditor, deberá celebrarse una nueva junta general. Véase RDGSJyFP 7.02.2020.
2.- El contenido esencial de la certificación del acuerdo de la junta general debe incluir mención de la forma, la fecha de la comunicación a los socios y el contenido de la convocatoria, conforme al art. 112 RRM (arts. 280.1 y 366.1.2º LSC).
3.- No puede efectuarse el depósito de las cuentas anuales de una sociedad cuando aún no conste efectuado el depósito del ejercicio precedente.
Mayte Otero
Profesora Contratada Doctor (acr.) de Derecho Mercantil, UMA
VII CONGRESO Dº SOCIEDADES